Subvenciones para la financiación de proyectos innovadores promovidos por Entidades Sin Ánimo de Lucro para la transformación territorial y la lucha contra la despobla...
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Descripción
CONVOCATORIA 2025 MODALIDAD B (ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO)
Toda la tramitación referente a esta ayuda se realizará a través de la plataforma de PLATERO. Desde allí podrá realizar una solicitud nueva, continuar con una solicitud incompleta y consultar sus expedientes.
Para acceder pulse en PLATERO. En primer lugar dé de alta a la entidad o agrupación seleccionando la opción ‘Gestión entidad/usuario’.
Deberá de introducir la siguiente información:
- Órgano Gestor: S. G. para el Reto Demográfico
- Convocatoria: Reto Demográfico – Modalidad B: Entidades sin ánimo de lucro
Desde la plataforma de PLATERO podrá consultar todos los expedientes de ayudas que haya solicitado a través de esta plataforma.
Se publica a fecha 06/04/2026 la resolución de solicitudes provisionalmente admitidas y excluidas. -
Otra documentación asociada al procedimiento
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentación que obra en poder de la Administración:
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¿Quién lo puede solicitar?
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro de forma individual, así como las federaciones, confederaciones o agrupaciones de las mismas, incluidas las federaciones de entidades locales y las cámaras de comercio en tanto que actúen como corporaciones de derecho público, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, modificada por Orden TED/1074/2025, de 24 de septiembre.
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado de oficio por la administracion con efecto del silencio Según normativa aplicable
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Plazo de resolución
6 meses
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Plazo de solicitud
Desde 05/12 hasta 22/01
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¿Quién resuelve el expediente?
Titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
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Vías de reparación o recurso
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La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
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Datos de contacto
Teléfono: 913222235
Correo electrónico: bzn-retosubvenciones@miteco.es
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Análisis, Planificación y Ayudas contra la Despoblación (DIR3 EA0043843) - Dirección General de Políticas Contra la Despoblación (DIR3 E05077801)
Los datos personales aportados en su solicitud serán tratados por el responsable exclusivamente para la gestión del procedimiento en cumplimiento de su normativa reguladora. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, limitación del tratamiento, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, cuando proceda, a través del enlace Ejercicio de derechos de Protección de Datos. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Para más información: Política de Proteccion de Datos Personales
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Código del Sistema de Información Administrativa
3218836







