Concesión de aguas superficiales. Abastecimiento.
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Descripción
Solicitar la preceptiva concesión del Organismo de cuenca de un aprovechamiento de aguas superficiales para abastecimiento poblacional.
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentación que obra en poder de la Administración:
- Identificación: DNI, NIF, NIE (para consulta de datos de identidad)
- Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
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¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas superficiales para abastecimiento poblacional, debe solicitar la preceptiva concesión. La instancia debe ser suscrita, en caso de una población: Por el representante de la Corporación Local o persona jurídica que gestionará el servicio. En caso de varias poblaciones: por el representante de la Mancomunidad, Consorcio o entidad semejante, si está constituido, si no, por los representantes de las Corporaciones Locales que habrán de constituir aquélla o la persona jurídica que gestionará el servicio. En caso de urbanizaciones aisladas: por el representante de la Comunidad de Propietarios, si estuviese constituida, y si no, por el promotor de la Urbanización o entidad urbanizadora. En caso de vivienda o viviendas aisladas, por los propietarios de las mismas.
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Desestimatorio
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Plazo de resolución
18 meses
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Vías de reparación o recurso
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La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
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Datos de contacto
Presencial: Plaza Fontes, nº 1. 30001 MURCIA
Teléfono: 968 358 980
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. (DIR3 E04595806)
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Código del Sistema de Información Administrativa
206453
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Métodos de identificación y firma electrónica