Concesión de aguas superficiales. Riego.
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Solicitar la preceptiva concesión de aprovechamiento de aguas superficiales con destino a riego del Organismo de cuenca correspondiente.
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentación que obra en poder de la Administración:
- Identificación: DNI, NIF, NIE (para consulta de datos de identidad)
- Certificaciones catastrales (para consulta de certificado de titularidad)
- Certificaciones catastrales (para la consulta descriptiva y gráfica)
- Certificado de Poderes Notariales (Consulta de Copia simple de poderes Notariales)
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¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona natural o jurídica que pretenda obtener una concesión de aguas superficiales con destino a riegos, debe solicitar la preceptiva autorización. Dado que en las concesiones para riego el agua queda vinculada a la tierra, la instancia debe ser suscrita por todos los propietarios de los terrenos a regar, excepto en las solicitudes formuladas por comunidades de regantes o riegos en régimen de servicio público.
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Desestimatorio
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Plazo de resolución
18 meses
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Vías de reparación o recurso
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La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
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Datos de contacto
Presencial: Registro Entrada de la Confederación Hidrográfica del Segura, en Plaza Fontes, 1, 30001 Murcia
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. (DIR3 E04595806)
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Código del Sistema de Información Administrativa
206417
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Métodos de identificación y firma electrónica