Recursos administrativos (Ministerio para la Transición Ecológica)
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Revisión de actos en vía administrativa en el ámbito de competencias del Ministerio para la Transición Ecológica
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Documentación necesaria para la solicitud presencial
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¿Quién lo puede solicitar?
Se inicia por los interesados que tengan interés directo o indirecto
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Negativo
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Plazo de resolución
3 meses
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¿Quién resuelve el expediente?
Secretaría General Técnica
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Vías de reparación o recurso
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La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
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Datos de contacto
Presencial: En los registros públicos contemplados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Recursos, Reclamaciones y Relaciones con la Administración de Justicia (DIR3 EA0043294) - Secretaría General Técnica (MITERD) (DIR3 E05041502)
Los datos personales aportados en su solicitud serán tratados por el responsable exclusivamente para la gestión del procedimiento en cumplimiento de su normativa reguladora. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, limitación del tratamiento, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, cuando proceda, a través del enlace Ejercicio de derechos de Protección de Datos. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Para más información: Política de Proteccion de Datos Personales
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Código del Sistema de Información Administrativa
1994394