Concesión para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre.
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Concesión para ocupar privativamente bienes del DPMT, con obras o instalaciones no desmontables, así como con instalaciones desmontables que requieran un plazo de ocupación superior a 4 años Las solicitudes referentes a autorizaciones y concesiones del dominio público marítimo-terrestre (reguladas en los artículos 51 y siguientes, y 64 y siguientes, respectivamente, de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas) en las Comunidades Autónomas de Cataluña, Andalucía, Canarias, Illes Balears y País Vasco, deben dirigirse a los órganos autonómicos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en los respectivos reales decretos de traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a las citadas Comunidades Autónomas, en materia de ordenación y gestión del litoral.
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Otra documentación asociada al procedimiento
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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Documentación necesaria para la solicitud presencial
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentación que obra en poder de la Administración:
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¿Quién lo puede solicitar?
A solicitud del interesado y de oficio, si existiere concurso previo.
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado de oficio por la administracion con efecto del silencio Negativo
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Negativo
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Plazo de resolución
6 meses
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¿Quién resuelve el expediente?
Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
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Vías de reparación o recurso
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La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
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Datos de contacto
Presencial: Puede consultar el directorio de las demarcaciones y servicios provinciales desde la siguiente url: https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/listado-tlfno-sede-electr.html
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre (DIR3 EA0043339) - Dirección General de la Costa y el Mar (DIR3 E04795206)
Los datos personales aportados en su solicitud serán tratados por el responsable exclusivamente para la gestión del procedimiento en cumplimiento de su normativa reguladora. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, limitación del tratamiento, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, cuando proceda, a través del enlace Ejercicio de derechos de Protección de Datos. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Para más información: Política de Proteccion de Datos Personales
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Código del Sistema de Información Administrativa
130012
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