Obtención del consentimiento previo informado PIC y negociación de condiciones mutuamente acordadas (MAT) para el posterior acceso con fines comerciales a recursos gen...
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Este procedimiento corresponde únicamente a aquellos casos en que corresponda prestar el consentimiento previo informado y negociar el establecimiento de las condiciones mutuamente acordadas a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, por tratarse de recursos genéticos marinos, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre
-
Otra documentación asociada al procedimiento
-
Documentación necesaria para la solicitud electrónica
-
Documentación necesaria para la solicitud presencial
-
¿Quién lo puede solicitar?
El procedimiento se iniciará a instancias de interesado, mediante la presentación del formulario de remisión de información para la obtención del consentimiento previo informado y la negociación de las condiciones mutuamente acordadas, para la posterior solicitud de acceso a los recursos genéticos españoles procedentes de taxones silvestres cuando su utilización sea con FINES COMERCIALES, de conformidad con el artículo 7 del Real Decreto 124/2017, de 24 de febrero, relativo al acceso a los recursos genéticos y al control de la utilización. A estos efectos, se considerará interesado a la persona/s física/s o jurídica que, como usuaria de recursos genéticos españoles procedentes de taxones silvestres marinos, deba/n obtener el consentimiento previo informado y negociar las condiciones mutuamente acordadas, a fin de figurar en la posterior autorización de acceso para una utilización con fines comerciales.
-
Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
-
Métodos de identificación y firma electrónica
-
Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Negativo
-
Vías de reparación o recurso
-
La resolución permite recurso administrativo
-
Datos de contacto
Presencial: Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Pza San Juan de la Cruz 10, 28010 Madrid, y en cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
Correo electrónico: bzn-biomarina@miteco.es
-
Normativa reguladora
-
Responsable del procedimiento
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina (DIR3 EA0043366) - Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación (DIR3 E05077401)
Los datos personales aportados en su solicitud serán tratados por el responsable exclusivamente para la gestión del procedimiento en cumplimiento de su normativa reguladora. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, limitación del tratamiento, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, cuando proceda, a través del enlace Ejercicio de derechos de Protección de Datos. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Para más información: Política de Proteccion de Datos Personales
-
Código del Sistema de Información Administrativa
3232453







