Subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales.
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Descripción
Concesión de subvenciones económicas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica en la Red de Parques Nacionales, en el marco del Plan Nacional I+D+i.
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Otra documentación asociada al procedimiento
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentación que obra en poder de la Administración:
- Certificaciones de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social - Estar al corriente de Pago con la Seguridad Social (Deuda)
- Certificaciones de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias - Solicitud de ayudas y subvenciones
- Documentos que debe aportar el solicitante:
- Memoria científico-técnica del proyecto
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¿Quién lo puede solicitar?
Centros públicos de I+D+i, Las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, los centros de I + D+ i con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, y los centros de I + D+ i vinculados o dependientes de administraciones públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica, así como las entidades públicas con capacidad y actividad demostrada en acciones de I + D+ i, incluidos los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión sean mayoritariamente de las Administraciones Públicas.
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Negativo
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Plazo de resolución
6 meses
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Plazo de solicitud
Desde 01/04 hasta 06/05
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¿Quién resuelve el expediente?
PARQUES NACIONALES
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Vías de reparación o recurso
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La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Unidad de Apoyo (DIR3 EA0043397) - Organismo Autónomo Parques Nacionales (DIR3 EA0043369)
Los datos personales aportados en su solicitud serán tratados por el responsable exclusivamente para la gestión del procedimiento en cumplimiento de su normativa reguladora. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, limitación del tratamiento, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, cuando proceda, a través del enlace Ejercicio de derechos de Protección de Datos. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Para más información: Política de Proteccion de Datos Personales
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Código del Sistema de Información Administrativa
991466