Bono Social Térmico
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Las Comercializadoras de Referencia (COR) de electricidad, deberán remitir a la Dirección General de Política Energética y Minas, antes del 15 de enero de cada año, un listado de aquellos de sus clientes que sean beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, en el que conste el nombre y DNI del beneficiario; domicilio completo, indicando vía, número, código postal y municipio; si tiene la consideración de consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social y datos de la cuenta bancaria.
-
Documentación requerida en la solicitud
- Documentos que debe aportar el ciudadano:
- Fichero tipo XML con nombre Documento Unidades Familiares
-
¿Quién lo puede solicitar?
Oficio
-
Iniciación y efectos del silencio
Iniciado de oficio por la administracion sin efecto del silencio.
-
Plazo de solicitud
Desde 01/01/2021 hasta 30/04/2021
-
Vías de reparación o recurso
-
La resolución pone fin a la vía administrativa. Resolución recurrible ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo y potestativamente en reposición
-
Datos de contacto
Correo electrónico: SGH@miteco.es
-
Normativa reguladora
-
Responsable del procedimiento
S.G. DE HIDROCARBUROS (DIR3 EA0033863)
-
Código del Sistema de Información Administrativa
1986521
-
Métodos de identificación y firma electrónica