Presentación del informe sobre las previsiones para el año siguiente de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor de aparatos eléctricos y electrónicos
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Este procedimiento responde a la obligación de información establecida en el artículo 41.1 f) del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, según el cual los sistemas de responsabilidad ampliada del productor de aparatos eléctricos y electrónicos deberán proporcionar al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente antes del 31 de octubre del año en curso, un informe con las previsiones para el año siguiente en materia de prevención, preparación para la reutilización, recogida, reciclado y valorización de RAEE por categorías y subcategorías en cada comunidad autónoma y en el ámbito estatal.
-
Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado sin efecto del silencio.
-
Vías de reparación o recurso
-
La resolución permite recurso administrativo
-
Normativa reguladora
-
Responsable del procedimiento
Subdirección General de Economía Circular (DIR3 EA0043336)
-
Código del Sistema de Información Administrativa
687373
-
Métodos de identificación y firma electrónica