Presentación del informe anual de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor de aparatos eléctricos y electrónicos
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Este procedimiento responde a la obligación de información establecida en la disposición transitoria octava y en los artículos 41.1 e) y 42 b) del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, según el cual los sistemas de responsabilidad ampliada del productor de aparatos eléctricos y electrónicos deberán proporcionar al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente antes del 28 de febrero del año siguiente al del periodo de cumplimiento, el informe anual previsto en el anexo XVIII, aparatos a), b), c) y d) relativos a los ámbitos autonómico y estatal.
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¿Quién lo puede solicitar?
El inicio es a solicitud del interesado.
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado sin efecto del silencio.
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Vías de reparación o recurso
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La resolución permite recurso administrativo
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Economía Circular (DIR3 EA0043336)
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Código del Sistema de Información Administrativa
687374
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Métodos de identificación y firma electrónica