Autorización para ocupación del dominio público marítimo-terrestre, para la realización de determinadas actividades.
Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica-
Descripción
Autorizar el uso del dpmt para actividades que concurran circunstancias especiales y toda ocupación del dpmt con instalaciones desmontables o con bienes muebles por plazo no superior a 4 años. Las solicitudes referentes a autorizaciones (reguladas en el artículo 51 y siguientes de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas) y concesiones (reguladas en el artículo 64 y siguientes de la Ley 22/1988, de 28 de julio) en las Comunidades Autónomas de Cataluña, Andalucía, Canarias e Illes Balears deben dirigirse a los órganos autonómicos correspondientes puesto que las funciones de tramitación de esos títulos de ocupación han sido traspasadas a esas CCAA.
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Otra documentación asociada al procedimiento
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Documentación necesaria para la solicitud electrónica
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Documentación necesaria para la solicitud presencial
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Documentación requerida en la solicitud
- Documentación que obra en poder de la Administración:
- Consulta de Residencia (ámbito geográfico) - Verificación de Datos de Residencia en un Ámbito Territorial
- Identificación: DNI, NIF, NIE - Consulta de datos de identidad
- Consulta de residencia incluyendo datos de la última variación padronal - Consulta de datos de Residencia con Causa y Fecha de la última variación padronal
- Certificaciones catastrales - Consulta de certificados de titularidad
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¿Quién lo puede solicitar?
A solicitud del interesado y de oficio, si existiere concurso previo
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Mecanismos de representación permitidos
Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:
- Certificado digital de representante
- Representación acreditada en REA (Registro Electrónico de Apoderamientos)
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Métodos de identificación y firma electrónica
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Iniciación y efectos del silencio
Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Negativo
Iniciado de oficio por la administracion con efecto del silencio Negativo
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Plazo de resolución
4 meses
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¿Quién resuelve el expediente?
SERVICIOS PERIFERICOS DE COSTAS
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Vías de reparación o recurso
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La resolución permite recurso administrativo
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Datos de contacto
Presencial: Puede consultar el directorio de las demarcaciones y servicios provinciales desde la siguiente url: https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/listado-tlfno-sede-electr.html
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Normativa reguladora
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Responsable del procedimiento
Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre (DIR3 EA0043339) - Dirección General de la Costa y el Mar (DIR3 E04795206)
Los datos personales aportados en su solicitud serán tratados por el responsable exclusivamente para la gestión del procedimiento en cumplimiento de su normativa reguladora. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, limitación del tratamiento, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, cuando proceda, a través del enlace Ejercicio de derechos de Protección de Datos. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Para más información: Política de Proteccion de Datos Personales
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Código del Sistema de Información Administrativa
130011
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