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Aprobación de tipo de aparatos radiactivos

Inicio del Procedimiento de Forma Electrónica
  • Descripción

    Solicitud de aprobación de tipo de un aparato que incorpore sustancias radiactivas o sea generador de radiaciones ionizantes, con vistas a su exención como instalación radiactiva, conforme a lo establecido en el Anexo II del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, aprobado por Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre.

  • Documentación requerida en la solicitud

    - Documentos que debe aportar el solicitante:

    • Escrito de solicitud de aprobación de tipo de un aparato radiactivo, adjuntando toda la documentación que se detalla a continuación, conforme a lo establecido en el Anexo II del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas, aprobado por Real Decreto 1836/1999.
    • Documentación acreditativa de que el solicitante, si se trata de fabricación nacional, cuenta con autorización de instalación radiactiva.
    • Documentación que permita el pleno conocimiento del tipo a aprobar, conforme a lo estipulado en el Anexo II del Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.
    • Para aparatos provistos de material radiactivo se hará una propuesta de gestión del mismo al final de su vida útil. En el caso de que se prevea la retirada por el suministrador de origen, se aportará documento original emitido por el mismo, que garantice esa retirada.
    • Documentación acreditativa de las normas de garantía de calidad aplicadas por el fabricante del aparato productor de radiaciones ionizantes.
    • En el caso de fabricación nacional, autorización de fabricación de aparatos productores de radiaciones ionizantes.
    • En caso de que se trate de mercancía importada, se podrá requerir la traducción al español de la documentación que se estime necesaria, avalada por el consulado de España en el país de origen.
  • Mecanismos de representación permitidos

    Puede presentar solicitudes a título personal o en representación de otra persona física o jurídica mediante los siguientes mecanismos:

  • Métodos de identificación y firma electrónica

  • Iniciación y efectos del silencio

    Iniciado a solicitud del interesado con efecto del silencio Desestimatorio

  • Plazo de resolución

    6 meses

  • Vías de reparación o recurso

  • La resolución permite recurso administrativo

  • Datos de contacto

    Teléfono: +34 913497419

    Correo electrónico: bzn-sgenergianuclear@miteco.es

  • Normativa reguladora

  • Responsable del procedimiento

    Subdirección General de Energía Nuclear (DIR3 EA0046218) - Dirección General de Política Energética y Minas (DIR3 E00119407)

    Los datos personales aportados en su solicitud serán tratados por el responsable exclusivamente para la gestión del procedimiento en cumplimiento de su normativa reguladora. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, limitación del tratamiento, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, cuando proceda, a través del enlace Ejercicio de derechos de Protección de Datos. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, puede presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos.

    Para más información: Política de Proteccion de Datos Personales

  • Código del Sistema de Información Administrativa

    991229